A- de 2023
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Gutierrez Herrera Edelmira Y Otros·Demandado Emgesa Sa Esp Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 1° Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva (Huila).
La controversia surge en virtud de demanda ejecutiva presentada por unos ciudadanos en contra de la Nación - Ministerio de Agricultura; (ii) la Agencia Nacional de Tierras - ANT; (iii) la Agencia Nacional de Licencias Ambientales - ANLA y; (iv) Emgesa S.A E.S.P (hoy Enel Colombia S.A.
ESP), a través de la cual pretenden que se libre mandamiento de pago a favor de cada uno de ellos por la obligación de hacer de adjudicar y escriturar unas hectáreas con riego en el área de influencia directa –AID del proyecto hidroeléctrico del Quimbo– PHQ y se reconozca y paguen los perjuicios moratorios hasta que se verifique el cumplimiento de lo pretendido.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve el conflicto siguiendo lo señalado en el auto 812 de 2023, y concluye que de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, la Jurisdicción Contencioso Administrativa es la competente para conocer de los procesos ejecutivos originados en contratos estatales, incluso en el evento en el que, para su exigibilidad, se requiera conformar un acto administrativo complejo.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 1° Administrativo del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 1° Administrativo del Circuito de Neiva, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado 1° Administrativo del Circuito de Neiva el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por la señora Edelmira Gutiérrez Herrera y otros.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4176 al Juzgado 1° Administrativo del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.